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Comunicación previa de obra

Quedan sujetos al régimen de intervención municipal de comunicación previa los actos de uso del suelo y del subsuelo no sujetos a licencia (están sujetos a licencia los actos que requieren proyecto de edificación y otros supuestos) y, en todo caso, los que así se establecieran en las leyes. Quien promueva los actos de uso del suelo y del subsuelo comunicará al ayuntamiento la intención de llevar a cabo el acto con una antelación mínima de quince días hábiles a la fecha en la que pretenda comenzar su ejecución.
Con carácter general, transcurrido el plazo de quince días hábiles señalado, la presentación de la comunicación previa cumpliendo con todos los requisitos exigidos constituye título habilitante para el inicio de los actos de uso del suelo y del subsuelo sujetos a ella, sin perjuicio de las posteriores facultades de comprobación, control e inspección por parte del ayuntamiento.
(Art. 142.3 y 146 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia).

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

NOTA:  La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.

  • Comunicación Previa de Obra.
  • En caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad de la persona representante y la persona interesada, con la autorización escrita de esta última o copia del poder para actuar en representación.
  • Descripción suficiente de las características del acto de que se trate: dimensiones/mediciones/número de elementos a sustituir (ventanas, puertas, etc...), en metros cuadrados o metros lineales, altura, etc... con un croquis o descripción gráfica.
  • En su caso, proyecto técnico (identificando al personal técnico habilitado al efecto) exigible legalmente y declaración del personal técnico o personal técnico facultativo que autorice el proyecto de que este cumple en todos sus extremos con la ordenación urbanística de aplicación.
  • Presupuesto detallado.
  • Fotografías de estado actual (previo a la realización de la obra) en caso de obras de reparación.
  • Copia de las restantes autorizaciones y, en su caso, concesiones administrativas cuando fueran legalmente exigibles al solicitante, o acreditación de haberse solicitado su otorgamiento.
  • Documento de evaluación ambiental, si es el caso.
  • Copia de la autorización o dictamen ambiental, así como de las restantes autorizaciones, concesiones o informes sectoriales cuando fueran legalmente exigibles.
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s.
  • Informe preceptivo justificativo (la oficina de recaudación más próxima al Ayuntamiento de Paderne es la correspondiente a la Excma. Diputación Provincial de A Coruña en Betanzos en la dirección Pintor Seijo Rubio, 8 Local 5 - 15300 Betanzos) de estar al corriente con los tributos municipales.
  • Deberá adjuntarse justificante de pago de la I.C.I.O. según Ordenanza reguladora del impuesto de construcción, instalación y obras que asciende al 2,5% del presupuesto de ejecución material. Cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del AYUNTAMIENTO / AYUNTAMIENTO DE PADERNE, ES33 0030 6087 8507 0001 2271 por el importe de la presente autoliquidación de :………………………. (importe de execución material x 0,025).
  • Otra Documentación.

La ausencia de documento alguno de los exigidos conllevará automáticamente la consideración de que la solicitud está incompleta, y no proseguirá la tramitación del expediente no produciéndose el inicio de cómputo de plazos, como sería el caso de la ausencia de justificación de pago en cualquier Entidad Bancaria , del importe del ICIO anteriormente consignado.

Nombre: Comunicación Previa de Obra.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Tasas/impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.